top of page

Alerta Regulatoria · Mayo 2026 Nueva norma de etiquetado para dispositivos médicos (NOM-137-SSA1-2025)

  • Foto del escritor: Sámano Abogados
    Sámano Abogados
  • hace 1 día
  • 2 Min. de lectura

Nueva norma de etiquetado para dispositivos médicos NOM-137-SSA1-2025 publicada en el DOF.

Lo que toda empresa del sector salud debe saber.


Nueva NOM


Una norma actualizada con mayor alcance

La Secretaría de Salud, a través de COFEPRIS, publicó el día de hoy la norma que reemplaza a la NOM-137-SSA1-2008 y establece nuevos requisitos de información sanitaria en el etiquetado de todos los dispositivos médicos que se comercialicen en territorio nacional.


¿A quién aplica?

Fabricantes, acondicionadores, distribuidores e importadores de dispositivos médicos —equipos, prótesis, reactivos, software médico y más— que fabriquen, acondicionen, distribuyan o importen en México.



Plazos críticos



360

días naturales

Para cumplir el nuevo etiquetado en toda la cadena de suministro

mayo 2027


+180

días adicionales

Para agotar existencias de envases y productos con etiquetado anterior

noviembre 2027



Cambios clave


Lo nuevo que debes considerar

1 Identificación completa del fabricante e importador

Leyendas obligatorias con razón social y domicilio completos. Si el importador y distribuidor coinciden: "Importado y Distribuido por:"


2 Etiquetado electrónico reconocido

RFID, QR y plataformas digitales son complementos válidos del etiquetado físico para dirigir al usuario a información sanitaria completa.


3 Riesgos residuales obligatorios en instrucciones de uso

Las instrucciones deben incluir riesgos residuales documentados conforme al proceso de gestión de riesgos del fabricante.


4 Un solo uso vs. reutilizable — declaración explícita

Obligatorio en etiqueta. Los reutilizables deben detallar procedimientos de reprocesamiento y número máximo de reusos.


5 Software como Dispositivo Médico (ScDM)

Apps y plataformas médicas deben incluir identificador de versión accesible al usuario y etiquetado electrónico conforme.


6 Nuevo catálogo de 70+ símbolos normalizados (Apéndice A)

Las etiquetas deben migrar al uso de los símbolos oficiales: fabricante, caducidad, estéril, IVD y más.



Casos especiales


Categorías con requisitos adicionales

Con fármacos / biológicos


Declarar tipo, cantidad y si habrá contacto directo con el paciente.

Sector público

Sector público


Incluir leyendas tales como Prohibida su venta" o "Propiedad del Sector Salud" es obligatorio.


Agentes DIV / IVD


Leyenda "agente de diagnóstico in vitro" + símbolo IVD. Instrucciones de control de calidad obligatorias.

Kits / paquetes


RS del kit y de cada componente. Fecha de caducidad: el insumo con menor periodo.


Verificación COFEPRIS


Dos momentos de verificación de cumplimiento

En sitio


Verificaciones en plantas de fabricación, almacenes propios y del distribuidor.



En trámites RS


Durante la evaluación de solicitudes de Registro Sanitario y sus modificaciones.


Importante


Todo trámite de RS presentado después de la entrada en vigor (mayo 2027) debe ya cumplir con la nueva norma.


¿Necesitas apoyo?


Acompañamos tu proceso de cumplimiento ante COFEPRIS

  • Gap analysis de portafolio

  • Revisión y actualización de etiquetas

  • Gestión de RS y modificaciones ante COFEPRIS


Contáctanos

Insurgentes Sur 1425, Piso 8 · Colonia Insurgentes Mixcoac · Ciudad de México

samanosc.com.mx · +52 55 8117 1560

cchavez@samanosc.com.mx · mmeneses@samanosc.com.mx

Si quieres puedes descargar este contenido en un PDF


 
 
 

Comentarios


ciudad.png
logo-samano-small.png
bbb-logo.png

Contáctanos

(52.55) 8117 1560

correo.png
pho.png
uni.png

Insurgentes Sur 1425, piso 8, Colonia Insurgentes Mixcoac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03920, Ciudad de México, México

  • Facebook
bottom of page