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  • Foto del escritorSámano Abogados

Nueva Legislación. Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas.

Actualizado: 18 jun 2021


El día 12 de junio del año en curso se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, cuyo principal objetivo es castigar los actos de corrupción en los que participen particulares que intervengan en Contrataciones Públicas, ya sean éstos de nacionalidad Mexicana o extranjeros, o tengan el carácter de individuos o de empresas.

A través de ésta Ley, México fortalece el alcance sancionador de las prácticas anticorrupción en el país al establecer como sujetos de la misma a los particulares que intervengan directa o indirectamente, por si mismos o a través de interpósita persona, en cualquier acto de compras de gobierno que derive en la asignación de un contrato administrativo para la prestación de un servicio, la realización de una obra pública, o la venta de insumos, bienes o mercancías.

Esta ley se convierte así, en la otra cara de la moneda de la Ley Federal de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos, al establecer mecanismos de investigación, denuncia y sanción para particulares que semeja a la aplicable a los empleados del Gobierno Federal. El objeto de la ley es prevenir y castigar los actos de corrupción en que incurran, estableciendo un mecanismo de investigación que se puede activar “de oficio” o a “petición de parte”, inclusive mediante denuncia anónima. Una vez agotada la investigación, la autoridad competente puede entonces iniciar el Procedimiento Sancionador en contra no sólo de particulares en sí mismos, sino también en contra de las empresas.

Este ordenamiento otorga así mayores facultades a la Secretaría de Función Pública, a los Órganos Internos de Control de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, y a los titulares de la Areas de Quejas y Responsabilidades de éstos órganos, para iniciar investigaciones, procedimientos sancionadores y también para imponer sanciones. Estas sanciones pueden tener alcances muy severos, pues las multas alcanzan hasta 124 millones de pesos (al salario mínimo vigente a ésta fecha) y la inhabilitación puede ser de hasta 10 años.

Se incluyen dos disposiciones relevantes en términos procesales: i) se prohíbe la suspensión de la inhabilitación mientras se sustancien los medios de defensa correspondientes, y ii) se crea un mecanismo de reducción de sanciones para le caso de que el o los implicados acepten su responsabilidad y cooperen con la investigación. La imposición de sanciones se considera sucesiva para el caso de que las autoridades emitan más de una en contra de la misma persona.

Los funcionarios públicos que conozcan hechos motivos de investigación, o en su opinión pudieran dar lugar a la misma, deben denunciar y, de no hacerlo, se vuelven responsables en términos de su Ley de Responsabilidades y se ubican en el supuesto de cómplices o accesorios del particular involucrado.

Sin duda, se trata de una nueva legislación que endurece materialmente las sanciones a aquellas personas que incurran en actos de corrupción, específicamente en contrataciones públicas, con el fin de actuar como un disuasivo para su comisión.



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