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  • Foto del escritorSámano Abogados

NUEVAS RECOMENDACIONES SANITARIAS PARA LOS CENTROS DE TRABAJO



El 07 de octubre de 2022, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se da a conocer el medio de difusión de los Lineamientos para la Continuidad Saludable de las Actividades Económicas ante COVID-19” (los “Lineamientos Vigentes”), por virtud del cual, entre otras, se establecen las nuevas recomendaciones y medidas sanitarias específicas que deberán implementarse en los centros de trabajo, para la continuidad de las actividades laborales, dejando sin efectos los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas, publicados el 29 de mayo de 2020 (los "Lineamientos de Reapertura").


En este sentido, por medio de la presente, hacemos del conocimiento de nuestros nuestros Clientes y Amigos, los nuevos Lineamientos que deberán observar en sus oficinas, plantas industriales y demás centros de trabajo, conforme a lo siguiente:


II. CAMBIOS EN LAS MEDIDAS SANITARIAS


Anteriormente, los Lineamientos de Reapertura establecían las medidas sanitarias que se debían observar en la reapertura de las actividades económicas, dentro de las que se

encontraban las siguientes:


  • Categorización de Centros de Trabajo, conforme a su nivel de riesgo, tipo de actividad, tamaño y características internas.

  • Diferenciación de actividades económicas esenciales, de aquellas que no lo son.

  • Lineamientos de operación en cada tipo centro de trabajo, respecto de aforos, barreras físicas, distancias de espacios de trabajo, filtros de ingreso de personal y trabajo remoto, en caso de ser posible.

  • Programas de capacitación para mitigar el riesgo de contagio.

  • Uso de equipos de protección personal obligatorio, como lo son los cubrebocas, guantes, lentes de seguridad y batas.


Con la publicación de los Lineamientos Vigentes, los Centros de Trabajo únicamente tienen la obligación de implementar y seguir las siguientes medidas sanitarias:


  1. Se recomienda la sana distancia.

  2. Provisión de dispensadores con soluciones a base de alcohol al 60% en distintos puntos del Centro de Trabajo.

  3. Garantizar que los sanitarios cuenten con lavamanos y condiciones adecuadas de higiene.

  4. Establecer programas de limpieza y mantenimiento permanente.

  5. Cuando sea posible, favorecer la ventilación natural de espacios comunes.

  6. Revisar el funcionamiento de sistemas de ventilación y filtro de aire.

  7. Se retira el uso de tapetes sanitizantes.

  8. No se puede obligar al personal a someterse a pruebas de COVID-19, y una prueba negativa no puede ser condicionante para regresar al centro de trabajo.

  9. Se deben implementar Políticas Internas para que los trabajadores NO financien pruebas de COVID-19 por sus propios medios, para el regreso al trabajo.

  10. No se puede obligar a las personas a contar con un esquema de vacunación completo para realizar sus actividades laborales.

  11. El uso de cubrebocas no es obligatorio. Únicamente es recomendable si no hay una distancia de al menos 1.5 metros entre personas, por lo que solo se fomenta su uso en espacios cerrados sin o con poca ventilación, y cerca de personas que no se encuentran vacunadas o que son médicamente vulnerables.

  12. El uso de cubrebocas y de otros equipos de protección se deben mantener en espacios de trabajo altamente expuestos al COVID-19, como en los centros de salud.


Asimismo, los Lineamientos Vigentes establecieron las siguientes Recomendaciones para los centros de trabajo:


  1. Formación de un comité de vigilancia para verificar la implementación de medidas sanitarias, comunicar nuevas medidas al personal y supervisar protocolos de limpieza.

  2. Contar con lavamanos, jabón y toallas desechables en accesos y áreas comunes, y en su caso, dispensadores de alcohol líquido.

  3. Los sistemas de ventilación artificial deben ser monitoreados con regularidad, y los filtros deben ser cambiados con frecuencia. Sin embargo, se prefiere la ventilación natural a la artificial.

  4. Consumo de alimentos con al menos 1.5 metros de distancia entre los trabajadores.

  5. Se recomienda el uso de cubrebocas de los trabajadores durante los traslados a los centros de trabajo, así como la limpieza de unidades de transporte de personal antes de subir a los trabajadores.

  6. Se recomienda contar con políticas de protección sanitaria y protocolos de actuación informados al personal del centro de trabajo, así como registros de contagios.


Así, la publicación de los Lineamientos Vigentes, deja sin efectos los Lineamientos de Reapertura, por lo que únicamente están vigentes las medidas y recomendaciones a las que hacemos referencia en la presente Nota.


Para más información, favor de contactar a:


Rafael Sámano: rsamano@samanosc.com.mx

César Chávez: cchavez@samanosc.com.mx

Karla Pineda: kpineda@samanosc.com.mx

Isak Haras: iharas@samanosc.com.mx


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